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Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

BOE-A-2020-15602 · Boletín Oficial del Estado, 2020-12-04 · Banco de España

Circular 5/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

La Circular 5/2020 del Banco de España regula el régimen contable de las entidades de pago y de dinero electrónico, estableciendo las normas de información financiera pública y reservada que deben seguir. Esta norma es aplicable desde el 1 de enero de 2021 a entidades de pago, entidades de dinero electrónico, sucursales de estas entidades y grupos relacionados, incluyendo aquellos que operan bajo un régimen de exención.

Entre los puntos clave, se establece que estas entidades deben elaborar y publicar cuentas anuales completas, sin posibilidad de formular cuentas abreviadas. Además, deben remitir anualmente al Banco de España estados financieros primarios y específicos sobre sus actividades, incluyendo información sobre servicios de pago y emisión de dinero electrónico. La circular también introduce un régimen simplificado para la presentación de estados financieros, adaptándose a la naturaleza y complejidad de estas entidades en comparación con las entidades de crédito. Por último, se modifica la Circular 6/2001 sobre establecimientos de cambio de moneda, actualizando los requisitos de información que deben remitir al Banco de España. La norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Circular 5/2020
Fecha de la disposición
2020-11-25
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 317, 2020-12-04
Entrada en vigor
2021-01-01
Departamento
Banco de España
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
23
Identificador BOE
BOE-A-2020-15602
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

I

La presente circular establece el régimen contable de las entidades de pago y las entidades de dinero electrónico. Esta circular fija los documentos contables que dichas entidades y sus grupos tienen que elaborar, incluyendo los modelos de estados financieros públicos y reservados. También determina las normas de reconocimiento, valoración, presentación, información que se debe incluir en la memoria y desglose de la información en los modelos de estados que se deben aplicar en su elaboración. Esta circular toma como referencia la normativa contable de las entidades de crédito, bien fijando unos criterios análogos a los de esta, bien remitiendo directamente a las normas de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (5)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Circular 5/2020?
Circular 5/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 5/2020?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.