Norma 8. Características y elementos de la información financiera
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
1. Las cuentas anuales y demás estados financieros públicos deberán suministrar información que cumpla las características y las definiciones de los elementos de las cuentas anuales recogidas, respectivamente, en las normas 7 y 8 de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre.
2. La información financiera se elaborará sobre la base de la hipótesis fundamental de empresa en funcionamiento, de acuerdo con lo dispuesto en la norma 10 de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre.
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- Ver la norma completa: Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.