Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
BOE-A-2005-13122 · Boletín Oficial del Estado, 2005-07-30 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 950/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-30.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 950/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-07-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 2005-07-30
- Entrada en vigor
- 2005-07-31
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-30
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-13122
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuentan con un marco regulador complejo, debido no sólo a las singularidades de las funciones desempeñadas por los miembros de los Cuerpos de la Guardia Civil y de la Policía Nacional, sino, también, a causa de las sucesivas modificaciones que se han ido incorporando a dicha regulación en los últimos 15 años.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Conceptos retributivos.
- Artículo 3. Retribuciones básicas.
- Artículo 4. Retribuciones complementarias.
- Artículo 5. Otras retribuciones e indemnizaciones.
- Artículo 6. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación de reserva.
- Artículo 7. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía en la situación de segunda actividad.
- Artículo 8. Retribuciones de los alumnos de las academias y centros de enseñanza de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Artículo 9. Absorción de retribuciones anteriores.
- Disposición adicional primera. Grado personal de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
- Disposición adicional segunda. Retribuciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que desempeñe puestos de trabajo en la Administración General del Esta…
- Disposición adicional tercera. Retribuciones correspondientes a funcionarios que no pertenecen a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que desempeñen puestos de trabajo …
- Disposición adicional cuarta. Retribuciones del personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias…
- Disposición adicional quinta. Retribuciones del personal en situación de segunda reserva.
- Disposición adicional sexta. Retribuciones del personal en situación de reserva por aplicación de la disposición transitoria tercera.1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
- Disposición adicional séptima. Retribuciones del personal que a la entrada en vigor de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se encontraba en la situación de reserva.
- Disposición adicional octava. Determinación del complemento de destino para determinados supuestos del Cuerpo de la Guardia Civil.
- Disposición transitoria única. Ajustes en otros complementos retributivos del Cuerpo de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (10)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. |
| Deroga | el Real Decreto 311/1988, de 30 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 950/2005?
- Real Decreto 950/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 950/2005?
- El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 950/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.