Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
BOE-A-2017-8755 · Boletín Oficial del Estado, 2017-07-25 · Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Real Decreto 656/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 656/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-06-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 176, 2017-07-25
- Entrada en vigor
- 2017-10-25
- Departamento
- Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 299
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-8755
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, establece en su artículo 12.5, que los Reglamentos de Seguridad Industrial de ámbito estatal se aprobarán por el Gobierno de la Nación, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas con competencias legislativas sobre industria, puedan introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones radicadas en su territorio.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y las ITCs MIE APQ-0 a MIE APQ-10.
- Disposición adicional primera. Guía técnica.
- Disposición adicional segunda. Instalaciones que no puedan cumplir las prescripciones establecidas en las ITCs.
- Disposición adicional tercera. Prescripciones técnicas diferentes a las establecidas en las ITCs.
- Disposición adicional cuarta. Adecuación de instalaciones de almacenamiento de productos químicos de las Fuerzas Armadas.
- Disposición transitoria primera. Organismos de control habilitados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones en ejecución.
- Disposición transitoria tercera. Revisiones e inspecciones periódicas de las instalaciones existentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferior al 28 por c…
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Autorización para actuación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones.
- Artículo 4. Contenido del proyecto de la instalación.
- Artículo 5. Control de las instalaciones.
- Artículo 6. Inspección de las instalaciones por las Comunidades Autónomas.
- Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de los titulares.
- Artículo 8. Accidentes.
- Artículo 9. Infracciones y sanciones.
- Artículo 10. Almacenamiento conjunto.
- Artículo 11. Plan de Autoprotección.
- Artículo 12. Normas de referencia.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Campo de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones usadas en esta Instrucción.
- Artículo 4. Clasificación de productos.
- Artículo 5. Área de las instalaciones.
- Artículo 6. Formas de almacenamiento.
- Artículo 7. Documentación.
- Artículo 8. Tipos de recipientes.
- Artículo 9. Diseño y construcción.
- Artículo 10. Venteos normal y de emergencia.
- Artículo 11. Sistemas de tuberías.
- Artículo 12. Almacenamiento conjunto.
- Artículo 13. Instalación de recipientes enterrados.
- Artículo 14. Instalación de recipientes dentro de edificios.
- Artículo 15. Pruebas.
- Artículo 16. Recipientes en áreas inundables.
- Artículo 17. Distancia entre instalaciones en general.
- Artículo 18. Distancia entre recipientes.
- Artículo 19. Cimentaciones.
- Artículo 20. Cubetos de retención.
- Artículo 21. Redes de drenaje.
- Artículo 22. Zonas de carga y descarga.
- Artículo 23. Límites exteriores de las instalaciones: vallado.
- Artículo 24. Generalidades.
- Artículo 25. Protección con agua.
- Artículo 26. Protección con espuma para productos de la subclase B1.
- Artículo 27. Atmósferas inertes.
- Artículo 28. Protecciones especiales.
- Artículo 29. Extintores.
- Artículo 30. Alarmas.
- Artículo 31. Equipos auxiliares.
- Artículo 32. Ignifugado.
- Artículo 33. Clasificación.
- Artículo 34. Edificios.
- Artículo 35. Cargaderos.
- Artículo 36. Generalidades.
- Artículo 37. Alumbrado.
- Artículo 38. Instalaciones, materiales y equipos eléctricos.
- Artículo 39. Instalaciones temporales o provisionales.
- Artículo 40. Puesta a tierra.
- Artículo 41. Suministro de energía eléctrica.
- Artículo 42. Depuración de efluentes líquidos.
- Artículo 43. Lodos y residuos sólidos.
- Artículo 44. Emisión de contaminantes a la atmósfera.
- Artículo 45. Generalidades.
- Artículo 46. Almacenamiento de líquidos de la subclase A1.
- Artículo 47. Almacenamiento de líquidos de la subclase A2.
- Artículo 48. Vaporizadores.
- Artículo 49. Medidas de seguridad.
- Artículo 50. Operación y mantenimiento.
- Artículo 51. Revisiones periódicas.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Aplicación.
- Artículo 3. Propiedades y riesgos del óxido de etileno.
- Artículo 4. Documentación.
- Artículo 5. Situación del almacenamiento.
- Artículo 6. Señalización.
- Artículo 7. Distancia entre instalaciones fijas de superficie.
- Artículo 8. Construcción de recipientes, equipos y tuberías.
- Artículo 9. Cubetos de retención.
- Artículo 10. Redes de drenaje.
- Artículo 11. Instrumentación y dispositivos de seguridad.
- Artículo 12. Recepción de la instalación.
- Artículo 13. Recipientes y tuberías enterrados.
- Artículo 14. Riesgo de incendio.
- Artículo 15. Riesgo de derrames.
- Artículo 16. Riesgo de polimerización.
- Artículo 17. Riesgo de descomposición.
- Artículo 18. Equipos de protección individual.
- Artículo 19. Información y formación de los trabajadores.
- Artículo 20. Plan de autoprotección.
- Artículo 21. Sistema de bombeo de óxido de etileno líquido.
- Artículo 22. Trasvase a/o desde equipos de transporte.
- Artículo 23. Toma de muestras.
- Artículo 24. Reparaciones.
- Artículo 25. Operación, mantenimiento y revisiones periódicas.
- Artículo 26. Depuración de efluentes líquidos.
- Artículo 27. Lodos y residuos sólidos.
- Artículo 28. Emisión de contaminantes a la atmósfera.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Campo de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones usadas en la Instrucción.
- Artículo 4. Formas de almacenamiento.
- Artículo 5. Formas de extracción del cloro de los recipientes.
- Artículo 6. Documentación.
- Artículo 7. Diseño, construcción y número de recipientes.
- Artículo 8. Lugar de implantación y cubetos.
- Artículo 9. Distancias y protecciones.
- Artículo 10. Tuberías y accesorios.
- Artículo 11. Aislamiento térmico.
- Artículo 12. Elementos de seguridad.
- Artículo 13. Campo de aplicación.
- Artículo 14. Generalidades.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 58, de 7 de marzo de 2018 |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 656/2017?
- Real Decreto 656/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 656/2017?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 656/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.