El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 8. Tipos de recipientes.

Artículo 8 del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10. · BOE-A-2017-8755

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-25.

Texto consolidado

Los recipientes para almacenamiento de líquidos inflamables o combustibles en recipientes fijos, podrán ser de los siguientes tipos:

a) Tanques atmosféricos.

b) Tanques a baja presión.

c) Recipientes a presión.

Los recipientes a presión podrán usarse como tanques a baja presión y ambos como tanques atmosféricos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-10-25.

Más artículos de Real Decreto 656/2017

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 656/2017 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.