Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.
BOE-A-2015-8173 · Boletín Oficial del Estado, 2015-07-22 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 597/2015 está derogada desde el 2025-09-18: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 597/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-07-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 174, 2015-07-22
- Entrada en vigor
- 2015-07-23
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-09-18
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-8173
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo (en adelante, FONPRODE) culminó la reforma del Fondo de Ayuda al Desarrollo dotando a la Cooperación Española de un poderoso instrumento para el fomento de la cooperación al desarrollo y la actividad española en este ámbito.
Durante los primeros años de vida del FONPRODE, su actividad se ha visto afectada por diversas contingencias que dificultaron su gestión y que han aconsejado proceder a la revisión de su funcionamiento y de su marco normativo.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.
- Disposición adicional primera. Modificación del Código de Financiación Responsable de la Cooperación Española.
- Disposición adicional segunda. Procedimiento operativo de identificación de operaciones.
- Disposición adicional tercera. Plan inicial de evaluaciones.
- Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios de actuación.
- Artículo 3. Operaciones financiables.
- Artículo 4. Gastos de Gestión.
- Artículo 5. Gestión del FONPRODE.
- Artículo 6. La Oficina del FONPRODE.
- Artículo 7. El Comité Ejecutivo del FONPRODE.
- Artículo 8. La Compañía Española de Financiación del Desarrollo (COFIDES).
- Artículo 9. Agente Financiero del FONPRODE.
- Artículo 10. Otros actores y coordinación de actividades.
- Artículo 11. Identificación de operaciones.
- Artículo 12. Valoración previa del impacto en desarrollo.
- Artículo 13. Elaboración de informes sobre impacto en déficit de las operaciones.
- Artículo 14. Condiciones financieras.
- Artículo 15. Análisis de riesgo, estrategias de salida e impacto sobre la sostenibilidad de la deuda.
- Artículo 16. Tramitación de propuestas de financiación.
- Artículo 17. Suscripción de los convenios, acuerdos de financiación y demás documentación legal con los beneficiarios.
- Artículo 18. Obligaciones relativas a las adquisiciones temporales de acciones o participaciones directas de capital o cuasi capital en instituciones de inversión colectiva u ot…
- Artículo 19. Ejecución de proyectos por una entidad distinta del beneficiario.
- Artículo 20. Seguimiento de las operaciones.
- Artículo 21. Evaluación.
- Artículo 22. Funciones del Consejo de Cooperación al Desarrollo en relación con el FONPRODE.
- Artículo 23. Comunicación y publicidad.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 597/2015?
- Real Decreto 597/2015 está derogada desde el 2025-09-18: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 597/2015?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 597/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.