Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo. · BOE-A-2015-8173
Atención: Real Decreto 597/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al titular del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y al titular del Ministerio de Economía y Competitividad, para que, conjuntamente, y previo cumplimiento de los trámites oportunos, dicten cuantas normas y medidas sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo previsto en este real decreto.