Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial.
BOE-A-2003-6688 · Boletín Oficial del Estado, 2003-04-03 · Ministerio del Interior
Real Decreto 317/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 317/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-03-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 80, 2003-04-03
- Entrada en vigor
- 2003-04-04
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-6688
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Culminado el imprescindible desarrollo reglamentario del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se había abierto una nueva etapa en la que era oportuno efectuar los ajustes y mejoras que su aplicación había revelado necesarios.
De ello se ha ocupado la Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma de dicho texto articulado, que, entre otras cosas, modifica el artículo 8, apartados 2 y 4, dando una nueva regulación a las funciones del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial y estableciendo los límites de su composición que deberán determinarse reglamentariamente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza y composición.
- Artículo 2. Estructura orgánica.
- Artículo 3. Pleno.
- Artículo 4. Procedimiento de incorporación de nuevos u otros miembros al Pleno.
- Artículo 5. Funciones atribuidas al Pleno.
- Artículo 6. Comisión Permanente.
- Artículo 7. Funciones de la Comisión Permanente.
- Artículo 8. Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 9. Funciones de las Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 10. Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas.
- Artículo 11. Funciones de la Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas.
- Artículo 12. Grupos de trabajo.
- Disposición adicional primera. Régimen jurídico.
- Disposición adicional segunda. Competencias autonómicas.
- Disposición transitoria única. Continuidad de las organizaciones con representación en el Consejo y de los grupos de trabajo constituidos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 317/2003?
- Real Decreto 317/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 317/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.