Artículo 1. Naturaleza y composición.
Artículo 1 del Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. · BOE-A-2003-6688
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.
Texto consolidado
El Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial es un órgano colegiado de carácter consultivo para el impulso y mejora del tráfico y la seguridad vial tanto en el ámbito urbano como interurbano, adscrito al Ministerio del Interior, que estará presidido por el titular de este Departamento e integrado por representantes de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla y de las Administraciones locales, así como de los sectores o entidades más representativos de las organizaciones profesionales, económicas y sociales y de consumidores y usuarios más significativas y directamente vinculadas con el tráfico y la seguridad vial.