Artículo 2. Estructura orgánica.
Artículo 2 del Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial. · BOE-A-2003-6688
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.
Texto consolidado
El Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial funcionará en pleno o en comisión permanente. Contará con una Comisión de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en cada comunidad autónoma y en las ciudades de Ceuta y Melilla, y con una Comisión para el Estudio del Tráfico y la Seguridad Vial en las Vías Urbanas.