Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros.
BOE-A-2021-6309 · Boletín Oficial del Estado, 2021-04-21 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Real Decreto 287/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 287/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-04-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 95, 2021-04-21
- Entrada en vigor
- 2021-04-22
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-6309
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Los conocimientos y aptitudes de los distribuidores de seguros y reaseguros, así como de cualquier otra persona que intervenga directamente en la distribución de seguros y reaseguros privados, constituyen un elemento esencial para garantizar la calidad del servicio que prestan. Por este motivo, la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros, establece la necesidad de que quienes formen parte de la estructura de gobierno de los distribuidores de seguros o reaseguros, así como aquellos empleados que participen directamente en la distribución, tengan un nivel idóneo de conocimientos y competencia respecto a esta actividad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Obligaciones generales en materia de formación.
- Artículo 4. Ámbito objetivo de los conocimientos y aptitudes exigibles a los distribuidores de seguros y de reaseguros y a su personal relevante cuando proporcionen información.
- Artículo 5. Ámbito objetivo de los conocimientos y aptitudes exigibles a los distribuidores de seguros y de reaseguros y a su personal relevante cuando proporcionen asesoramiento.
- Artículo 6. Cualificación de los distribuidores de seguros y de reaseguros y de su personal relevante.
- Artículo 7. Conocimientos necesarios.
- Artículo 8. Requisitos previos para participar en los cursos de formación.
- Artículo 9. Procedimiento de reconocimiento de los conocimientos previos.
- Artículo 10. Solicitud de autorización y comunicación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Artículo 11. Obligaciones de formación continua.
- Artículo 12. Requisitos para la organización de los cursos.
- Artículo 13. Forma de acreditar los conocimientos y aptitudes.
- Artículo 14. Obligaciones generales.
- Artículo 15. Libros-registro contables de los corredores de seguros.
- Artículo 16. Libros-registro contables de los corredores de reaseguros.
- Artículo 17. Obligaciones comunes a los corredores de seguros, los corredores de reaseguros, los agentes de seguros vinculados y los operadores de banca-seguros.
- Artículo 18. Remisión de la información a través de medios electrónicos.
- Artículo 19. Obligaciones contables y deber de información de los corredores de seguros y de los corredores de reaseguros.
- Artículo 20. Modelos de información de los corredores de seguros y de los corredores de reaseguros.
- Artículo 21. Obligaciones contables y deber de información de los agentes de seguros vinculados y de los operadores de banca-seguros.
- Artículo 22. Modelos de información de los agentes de seguros vinculados y de los operadores de banca-seguros.
- Artículo 23. Falta de remisión de información.
- Disposición adicional única. Régimen de adaptación a las obligaciones de formación y requisitos de información estadístico-contable en la distribución de seguros y reaseguros pr…
- Disposición transitoria primera. Cursos de formación inicial y formación continua impartidos conforme a la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros priv…
- Disposición transitoria segunda. Aplicación de los modelos establecidos en el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de …
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 287/2021?
- Real Decreto 287/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 287/2021?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 287/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.