Artículo 6. Cualificación de los distribuidores de seguros y de reaseguros y de su personal relevante.
Artículo 6 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros. · BOE-A-2021-6309
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
Para que pueda considerarse que los distribuidores de seguros y de reaseguros y el personal relevante cuentan con la necesaria cualificación, sus conocimientos y aptitudes se ajustarán a los requisitos formativos previstos en el artículo 7. A tal efecto, en la forma indicada en esta sección, se tendrán en cuenta los conocimientos adquiridos en distintas actividades de formación, reglada o no, en que hayan participado.
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