Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.
BOE-A-1995-5917 · Boletín Oficial del Estado, 1995-03-08 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 243/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 243/1995
- Fecha de la disposición
- 1995-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 57, 1995-03-08
- Entrada en vigor
- 1995-03-09
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-26
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-5917
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, creó y reguló el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuyo régimen legal se contiene, básicamente, en los artículos 79 a 92 y 124 y en las disposiciones transitorias tercera y undécima de aquélla.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto del Real Decreto.
- Artículo 2. Formación de la matrícula.
- Artículo 3. Exposición de la matrícula.
- Artículo 4. Recursos contra la matrícula.
- Artículo 5. Declaraciones de alta.
- Artículo 6. Declaraciones de variación.
- Artículo 7. Declaraciones de baja.
- Artículo 8. Lugar de presentación de las declaraciones.
- Artículo 9. Exenciones y beneficios fiscales.
- Artículo 10. Consecuencias de las declaraciones de variación y baja.
- Artículo 11. Inclusión, variación o exclusión de oficio en los censos.
- Artículo 12. Prueba del ejercicio de la actividad.
- Artículo 13. Liquidación de las altas e inclusiones de oficio.
- Artículo 14. Notificación de los actos censales y liquidatorios.
- Artículo 15. Recursos contra actos censales y liquidatorios.
- Artículo 16. Ingreso de las cuotas.
- Artículo 17. Baja de oficio como consecuencia de la declaración de fallido.
- Artículo 18. Comprobación e investigación.
- Artículo 19. Infracciones.
- Artículo 20. Solicitud de delegación.
- Artículo 21. Concesión de la delegación.
- Artículo 22. Entidades que pueden solicitar la delegación.
- Artículo 23. Alcance de la delegación.
- Artículo 24. Vigencia de la delegación.
- Artículo 25. Intercambio de información censal.
- Disposición adicional primera. Recurso Cameral Permanente.
- Disposición adicional segunda. Aprobación de modelos.
- Disposición adicional tercera. Plazos para la distribución de cuotas provinciales y nacionales.
- Disposición adicional cuarta. Referencias al Real Decreto 1172/1991.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Autorización al Ministro de Economía y Hacienda y entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (14)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 243/1995?
- Real Decreto 243/1995 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 243/1995?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 243/1995?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.