Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
BOE-A-2008-821 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-17 · Ministerio de Educación y Ciencia
Real Decreto 1721/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1721/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-12-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 15, 2008-01-17
- Entrada en vigor
- 2008-01-18
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-12
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-821
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 27 de la Constitución Española establece en sus apartados 1 y 5 que «todos tienen el derecho a la educación» y que «los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes». Para hacer efectivo este derecho las Leyes Orgánicas dictadas en desarrollo del artículo 27 de la Constitución contienen regulaciones concretas sobre el sistema de becas o ayudas al estudio.
Índice del articulado
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Enseñanzas a las que se dirigen las becas y ayudas al estudio.
- Artículo 4. Condiciones de los beneficiarios.
- Artículo 5. Modalidades de becas y ayudas al estudio.
- Artículo 6. Cuantías de las becas y ayudas al estudio.
- Artículo 7. Componente de las ayudas en educación infantil.
- Artículo 8. Componente de las ayudas en los niveles de enseñanza gratuita.
- Artículo 9. Modalidades de las becas en las enseñanzas postobligatorias.
- Artículo 10. Componentes de las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
- Artículo 11. Componente de las ayudas destinadas a alumnos con altas capacidades intelectuales.
- Artículo 12. Modalidades de becas para programas de cualificación profesional inicial, Formación Profesional Básica y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Forma…
- Artículo 13. Requisitos de renta y patrimonio.
- Artículo 14. Miembros computables.
- Artículo 15. Renta familiar.
- Artículo 16. Deducciones de la renta familiar.
- Artículo 17. Patrimonio familiar.
- Artículo 18. Enseñanzas de bachillerato, enseñanzas profesionales de música y danza y grado medio de formación profesional, de artes plásticas y diseño y de las enseñanzas depor…
- Artículo 19. Enseñanzas de grado superior de formación profesional, de artes plásticas y diseño y de enseñanzas deportivas.
- Artículo 20. Enseñanzas de idiomas.
- Artículo 21. Obtención de la beca en caso de cambio de estudios.
- Artículo 22. Matriculación.
- Artículo 23. Carga lectiva superada.
- Artículo 24. Número de años con condición de becario.
- Artículo 25. Supuestos de aprovechamiento académico excepcional.
- Artículo 26. Matriculación.
- Artículo 27. Nota media.
- Artículo 28. Carga lectiva superada.
- Artículo 29. Número de años con condición de becario.
- Artículo 30. Matriculación.
- Artículo 31. Carga lectiva superada.
- Artículo 32. Número de años con condición de becario.
- Artículo 33. Principios y criterios de prioridad.
- Artículo 34. Pagos anticipados y abonos a cuenta.
- Artículo 35. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 36. Reintegro.
- Artículo 37. Verificación.
- Artículo 38. Incompatibilidades.
- Artículo 39. Becas convocadas con número predeterminado de beneficiarios.
- Artículo 40. Becas convocadas sin número predeterminado de beneficiarios.
- Artículo 41. Administración competente y publicidad.
- Artículo 42. Adjudicación y pago de las becas y ayudas.
- Artículo 43. Objeto.
- Artículo 44. Número, distribución territorial y cuantía individual de las becas.
- Artículo 45. Régimen de concesión.
- Artículo 46. Compatibilidad.
- Artículo 47. Requisitos para la obtención de la beca y criterios de selección.
- Artículo 48. Prestación de la colaboración.
- Artículo 49. Reintegro.
- Artículo 50. Competencia para la tramitación y concesión de las becas.
- Artículo 51. Colaboración de las universidades.
- Disposición adicional primera. Enseñanzas, cuantías y umbrales.
- Disposición adicional segunda. Convenios.
- Disposición adicional tercera. Bases de datos.
- Disposición adicional cuarta. Reales decretos de traspasos.
- Disposición adicional quinta. Competencia en materia de estudios no presenciales cursados por estudiantes catalanes y becas de colaboración de esa comunidad autónoma.
- Disposición transitoria primera. Enseñanzas universitarias.
- Disposición transitoria segunda. Compensación a las Universidades por la exención de matrícula.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Coordinación de actuaciones.
- Disposición final segunda. Título competencial y carácter de legislación básica.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (19)
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. |
| Cita | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |
| De conformidad con | Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
| Deroga | Real Decreto 1123/1985, de 19 de junio |
| Deroga | Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1721/2007?
- Real Decreto 1721/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1721/2007?
- El BOE registra 19 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1721/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.