El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 44. Número, distribución territorial y cuantía individual de las becas.

Artículo 44 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. · BOE-A-2008-821

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Texto consolidado

En el real decreto a que se refiere la disposición adicional primera se establecerá para cada curso escolar el número máximo de becas que se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, así como la cuantía individual de las becas.

La Conferencia General de Política Universitaria determinará, dentro del total establecido, el número de becas a convocar por parte de las comunidades autónomas que hayan asumido plenas competencias en esta materia, siguiéndose las reglas de asignación de créditos y gestión de ayudas previstas en los artículos 39, 41 y 42.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Más artículos de Real Decreto 1721/2007

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1721/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.