Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
BOE-A-2010-17038 · Boletín Oficial del Estado, 2010-11-06 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 1435/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1435/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-11-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 269, 2010-11-06
- Entrada en vigor
- 2011-01-01
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-17038
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La navegación de recreo es una actividad náutica en expansión en nuestro país, debido tanto al número de embarcaciones que enarbolan pabellón español como al de aquéllas que nos visitan durante el año y, en particular, en los períodos estivales.
Si bien hay normativa, fundamentalmente europea, que regula los aspectos constructivos y de seguridad que afectan a todas ellas, no existe una regulación que contemple los requisitos de abanderamiento y matriculación de las embarcaciones españolas con la suficiente flexibilidad y rapidez.
El Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la lista séptima del Registro de matrícula de buques, fue un primer intento de simplificar las exigencias para matricular una embarcación. La experiencia habida desde entonces ha demostrado que existían posibilidades de mejora.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Del abanderamiento y matriculación de las embarcaciones en las listas sexta y séptima.
- Artículo 5. De la hoja de asiento.
- Artículo 6. Del certificado de registro español-permiso de navegación.
- Artículo 7. Del nombre e indicativo de matrícula de la embarcación.
- Artículo 8. Régimen especial de las embarcaciones de recreo con marcado CE de eslora igual o inferior a 12 metros.
- Artículo 9. Documentación requerida para el abanderamiento de embarcaciones con marcado CE.
- Artículo 10. Documentación requerida para el abanderamiento de las embarcaciones sin marcado CE.
- Artículo 11. Documentación requerida para el abanderamiento de embarcaciones construidas por aficionados.
- Artículo 12. De la inscripción en el Registro de bienes muebles.
- Artículo 13. Resolución del procedimiento de abanderamiento.
- Artículo 14. Actuaciones derivadas de la resolución de abanderamiento.
- Artículo 15. Pago de las tasas.
- Artículo 16. Obligaciones de los propietarios y usuarios de las embarcaciones.
- Artículo 17. Renovación o nueva expedición del certificado de registro español-permiso de navegación.
- Artículo 18. Canje del certificado de registro español permiso de navegación.
- Artículo 19. De las infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Aplicabilidad del Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, por el que se regula el abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.
- Disposición adicional segunda. Procedimientos susceptibles de tramitación a través del registro electrónico del Ministerio de Fomento.
- Disposición adicional tercera. De las entidades colaboradoras.
- Disposición transitoria única. Embarcaciones ya abanderadas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificaciones del Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, aprobado por el Real De…
- Disposición final segunda. Modificaciones del Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de re…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Actualización de anexos.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1435/2010?
- Real Decreto 1435/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1435/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.