Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio.
BOE-A-2006-20847 · Boletín Oficial del Estado, 2006-11-30 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1333/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1333/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-11-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 286, 2006-11-30
- Entrada en vigor
- 2006-12-01
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-20847
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (en adelante, Convenio CITES) firmado en Washington el 3 de marzo de 1973 y al que España se adhirió por Instrumento de 16 de mayo de 1986, con el fin de salvaguardar el cumplimiento de sus disposiciones y sancionar su violación, autoriza a los Estados que lo han suscrito a prohibir el comercio de especímenes CITES, sancionar el comercio y su posesión, así como permite la confiscación o devolución al Estado de exportación de dichos especímenes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Competencias administrativas relativas a la facultad de disposición de especímenes CITES en Centros de Rescate.
- Artículo 4. Registro de especímenes CITES intervenidos.
- Artículo 5. Depósito de especímenes CITES en caso de aprehensión.
- Artículo 6. Devolución a origen de especímenes CITES vivos.
- Artículo 7. Medidas cautelares.
- Artículo 8. Adjudicación al Estado de la propiedad de los especímenes CITES definitivamente decomisados.
- Artículo 9. Cesión de especímenes CITES.
- Artículo 10. Enajenación de especímenes CITES.
- Artículo 11. Comiso de especímenes CITES por otras Administraciones Públicas.
- Artículo 12. Intercambio y suministro de información.
- Disposición adicional única. Convenios con otras Administraciones Públicas y con instituciones públicas y privadas.
- Disposición transitoria única. Alojamiento de especímenes CITES incautados.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1333/2006?
- Real Decreto 1333/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1333/2006?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1333/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.