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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio. · BOE-A-2006-20847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

Texto consolidado

1. El presente real decreto tiene como objeto adoptar medidas de aplicación del Reglamento (CE) n.º 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996 complementarias a lo establecido en el Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio. A tal efecto, regula el destino, en caso de comiso, de los especímenes de fauna y flora silvestres y sus partes y productos de especies incluidas en los apéndices I, II y III del Convenio CITES o en los anexos A a D del Reglamento (CE) n.º 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996 que hayan sido decomisados por el Estado en caso de delito o infracción administrativa de contrabando.

2. Las previsiones de este real decreto se aplicarán sin perjuicio de las normas dictadas por las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias sobre medio ambiente y en desarrollo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la fauna y flora silvestres.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

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