Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre, por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, y del Reglamento (CE) n.º 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.
BOE-A-2021-20371 · Boletín Oficial del Estado, 2021-12-10 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real Decreto 986/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-01.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 986/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-11-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 295, 2021-12-10
- Entrada en vigor
- 2022-01-02
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-01
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-20371
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La adhesión de España al Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (en adelante CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, se efectuó el 16 de mayo de 1986.
El artículo IX.1.a) y b) del CITES establece que las partes han de designar una o más autoridades administrativas competentes para conceder permisos o certificados en nombre de dicha parte y una o más autoridades científicas.
En el ámbito de la Unión Europea, CITES se aplica a través del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Autoridad administrativa y órgano de gestión principal.
- Artículo 3. Autoridad científica.
- Disposición adicional primera. Verificaciones de inspección y control en frontera de especímenes de especies incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 338/97 …
- Disposición adicional segunda. Colaboración de la autoridad administrativa y órgano de gestión principal con la autoridad científica.
- Disposición adicional tercera. Estructura de los órganos de la autoridad administrativa y órgano de gestión principal.
- Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional quinta. Tasas.
- Disposición adicional sexta. Notificación de la designación de autoridades CITES.
- Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas…
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 7/2018, de 12 de enero, por el que se establecen los requisitos de documentación, tenencia y marcado en materia de comer…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 986/2021?
- Real Decreto 986/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-01.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 986/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.