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Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social.

BOE-A-1992-24743 · Boletín Oficial del Estado, 1992-11-11 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Real Decreto 1221/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.

Resumen

Esta norma regula el patrimonio de la Seguridad Social en España, estableciendo las bases para su gestión, administración y disposición. Aplica a las Entidades Gestoras, Servicios Comunes de la Seguridad Social y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales desde su entrada en vigor el 10 de octubre de 1992.

Entre los puntos clave, se establece que todos los bienes y derechos del patrimonio de la Seguridad Social deben titularse a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, que también es responsable de su inscripción en los registros correspondientes. Además, se prohíbe el embargo de estos bienes, asegurando su protección frente a deudas. La norma también detalla los procedimientos para la adquisición y enajenación de bienes, que deben realizarse mediante concurso público, salvo en casos excepcionales. Por último, se establece la obligación de mantener un inventario actualizado de todos los bienes y derechos, así como la gestión activa del patrimonio para optimizar su uso y rentabilidad.

Esta norma no está derogada y sigue vigente en la regulación del patrimonio de la Seguridad Social.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1221/1992
Fecha de la disposición
1992-10-09
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 271, 1992-11-11
Entrada en vigor
1992-11-12
Departamento
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-05-04
Artículos
49
Identificador BOE
BOE-A-1992-24743
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Los artículos 48, 49 y 50 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo, regulan el patrimonio único de la Seguridad Social, como patrimonio diferenciado de el del Estado y afecto a sus fines. A su vez, el Real Decreto 255/1980, de 1 de febrero, atribuye a la Tesorería General de la Seguridad Social la titularidad y administración del patrimonio único de la Seguridad Social y determina genéricamente las facultades de las distintas entidades respecto de los elementos integrantes de dicho patrimonio. Asimismo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 4. del Real Decreto-Ley 13/1980, de 3 de octubre, y de la Orden de 27 de enero de 1981, la Tesorería General de la Seguridad Social ha asumido también la titularidad de los bienes y derechos que tenía adscritos el extinguido servicio de Reaseguro de Accidentes de Trabajo.…

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (7)

Normas a las que afecta (25)

RelaciónNorma
Cita Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.
Cita Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril
Cita Reglamento aprobado por Decreto 3588/1964, de 5 de noviembre
Cita Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril
Cita Reglamento aprobado por Decreto 1563/1967, de 6 de julio
Cita Ley 5/1973, de 17 de marzo
Cita Reglamento aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre
Cita Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre, sobre gestión institucional de la Seguridad Social, la salud y el empleo.
Cita Orden de 15 de enero de 1980
Cita Orden de 2 de junio de 1980
Cita Real Decreto-ley 13/1980, de 3 de octubre
Cita Orden de 2 de abril de 1984 sobre colaboración de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo en la gestión de la Seguridad Social.
Cita Orden de 9 de septiembre de 1985
Cita Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre
Cita Real Decreto 187/1987, de 23 de enero
Cita Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 D de septiembre
Cita Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.
Cita Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990.
Cita Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.
En relación con Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.
De conformidad con Decreto 2065/1974, de 30 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
De conformidad con Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
Deroga el art. 4 y disposición transitoria quinta del Real Decreto 1509/1976, de 21 de mayo
Deroga Real Decreto 255/1980, de 1 de febrero, por el que se atribuye a la Tesorería General de la Seguridad Social la titularidad y administración del patrimonio ú…
Deroga art. 4 de la Orden de 27 de enero de 1981

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1221/1992?
Real Decreto 1221/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1221/1992?
El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1221/1992?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
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