Orden SCB/1459/2018, de 18 de diciembre, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales.
BOE-A-2019-604 · Boletín Oficial del Estado, 2019-01-18 · Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Orden SCB/1459/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden SCB/1459/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-12-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 16, 2019-01-18
- Entrada en vigor
- 2019-01-19
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 35
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-604
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 24/2014, de 20 de noviembre, por la que se crea el Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales, prevé en su disposición adicional primera la constitución de una Comisión gestora compuesta por un representante de cada uno de los Colegios de Terapeutas Ocupacionales existentes en el territorio nacional, que elaboraría, en el plazo de seis meses, contado desde la entrada en vigor de esa Ley, unos Estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales, en los que se debería incluir las normas de constitución y funcionamiento de dichos órganos, con determinación expresa de la competencia independiente, aunque coordinada, de cada uno de ellos.
Índice del articulado
- Primero.
- Segundo.
- Tercero.
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Ámbito de actuación.
- Artículo 3. Domicilio.
- Artículo 4. Órganos de Gobierno del Consejo General.
- Artículo 5. Composición.
- Artículo 6. Competencias de la Asamblea General.
- Artículo 7. Convocatoria.
- Artículo 8. Constitución y adopción de acuerdos.
- Artículo 9. Composición.
- Artículo 10. Condiciones de elegibilidad de los miembros de la Junta Directiva.
- Artículo 11. Procedimiento Electoral de la Junta Directiva.
- Artículo 12. Competencias de la Junta Directiva.
- Artículo 13. Constitución y adopción de acuerdos.
- Artículo 14. Presidencia del CGCTO: Designación y funciones.
- Artículo 15. De la Vicepresidencia: Designación y funciones.
- Artículo 16. Secretaría del CGCTO.
- Artículo 17. Tesorería del CGCTO.
- Artículo 18. Vocales.
- Artículo 19. Sustituciones.
- Artículo 20. Del cese de los miembros de la Junta Directiva.
- Artículo 21. Moción de censura a la Presidencia y la Junta Directiva.
- Artículo 22. Patrimonio.
- Artículo 23. Contabilidad.
- Artículo 24. Recursos económicos.
- Artículo 25. Infraestructuras.
- Artículo 26. Gestión de los fondos.
- Artículo 27. Auditoría económica.
- Disposición adicional única. Constitución de los Órganos de Gobierno.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de los cargos de la Comisión Gestora.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de los cargos de la Junta Directiva.
- Disposición transitoria tercera. Incorporación de nuevos colegios.
- Disposición final. Elaboración y aprobación de los Estatutos Generales.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 24/2014, de 20 de noviembre, por la que se crea el Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden SCB/1459/2018?
- Orden SCB/1459/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden SCB/1459/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.