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Orden JUS/3000/2009, de 29 de octubre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.

BOE-A-2009-17884 · Boletín Oficial del Estado, 2009-11-10 · Ministerio de Justicia

Orden JUS/3000/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Orden JUS/3000/2009 regula la creación y funcionamiento del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia, que permite la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas electrónicamente. Esta norma aplica a todos los ciudadanos y entidades que interactúan con el Ministerio de Justicia desde su entrada en vigor el 30 de octubre de 2009.

Entre los puntos clave, establece que la presentación de documentos por vía electrónica es una opción adicional y no obligatoria para los interesados, aunque la Administración debe utilizar este registro para las relaciones electrónicas que requieran anotación registral. Además, se garantiza el acceso al registro las 24 horas del día, y se asegura la autenticidad y la integridad de los documentos mediante sistemas de firma electrónica. También se prevé la emisión de resguardos acreditativos de la presentación de solicitudes, que sirven como prueba de la entrega y contenido de los documentos. Esta orden no está derogada y sigue vigente en la actualidad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden JUS/3000/2009
Fecha de la disposición
2009-10-29
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 271, 2009-11-10
Entrada en vigor
2009-11-11
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
13
Identificador BOE
BOE-A-2009-17884
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones públicas a promover el uso y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden JUS/3000/2009?
Orden JUS/3000/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden JUS/3000/2009?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.