Artículo 3. Creación del Registro Electrónico.
Artículo 3 de la Orden JUS/3000/2009, de 29 de octubre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2009-17884
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-11.
Texto consolidado
En aplicación de los artículos 24 y 25 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se crea el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten y expidan por vía electrónica en el ámbito de los procedimientos y actuaciones incluidos en el Anexo I de la presente orden.