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Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados.

BOE-A-2013-7624 · Boletín Oficial del Estado, 2013-07-12 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Orden IET/1311/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula el uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados en España, estableciendo un nuevo reglamento que reemplaza a la anterior normativa de 2006. Aplica a todas las personas que deseen operar como radioaficionados en el país desde su entrada en vigor el 10 de julio de 2013.

Los puntos clave incluyen la simplificación de trámites administrativos, eliminando la obligación de comunicar cada cinco años la intención de seguir utilizando el espectro, lo que facilita la continuidad de las autorizaciones. Además, se establece que los radioaficionados deben obtener una autorización administrativa individualizada para operar, la cual es personal e intransferible. También se prevé la posibilidad de utilizar equipos de construcción propia, siempre que cumplan con las normativas técnicas establecidas. Por último, se incluye la obligación de colaborar en situaciones de emergencia, permitiendo a los radioaficionados prestar apoyo en comunicaciones de protección civil.

Esta norma no está derogada y sigue vigente, proporcionando un marco legal actualizado para la actividad de los radioaficionados en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden IET/1311/2013
Fecha de la disposición
2013-07-09
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 166, 2013-07-12
Entrada en vigor
2013-07-13
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
43
Identificador BOE
BOE-A-2013-7624
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El uso del dominio público radioeléctrico por los radioaficionados, clasificado como uso especial por el artículo 12 del Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, precisa de una normativa capaz de regular de forma eficiente la actividad de los radioaficionados, caracterizada por sus objetivos de pura intercomunicación entre personas que se interesan por la experimentación técnica y de propagación radioeléctrica sin ánimo de lucro y que constituyen, tanto por el número de practicantes como por su demostrada capacidad de pervivencia en un mundo en constante renovación tecnológica, un sector relevante en el ámbito de las radiocomunicaciones, que en no pocas situaciones excepcionales han prestado valiosos servicios a los ciudadanos…

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden IET/1311/2013?
Orden IET/1311/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden IET/1311/2013?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden IET/1311/2013?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.