Orden de 29 de enero de 1964 sobre títulos profesionales menores de las Marinas Mercante y de Pesca.
BOE-A-1964-3685 · Boletín Oficial del Estado, 1964-02-18 · Ministerio de Comercio
BOE-A-1964-3685 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1964-01-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 42, 1964-02-18
- Entrada en vigor
- 1964-03-09
- Departamento
- Ministerio de Comercio
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-16
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-1964-3685
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Ilustrísimo señor:
El Decreto 629/1963, de 14 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 83), que estableció los títulos profesionales para tripular los buques de las Marinas Mercante y de Pesca, anuló los correspondientes a las embarcaciones que por su pequeño tonelaje, escasa potencia de máquinas o limitado campo de acción, en lo que a navegación se refiere, pueden ser tripulados por personal con menos conocimientos técnicos que lo que exigen la obtención de los títulos establecidos.
Procede, por tanto, restablecer, actualizándolos, estos títulos de menor rango, y en su virtud, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo décimo del Decreto 629/1963 citado, a propuesta de la Subsecretaría de la Marina Mercante y conforme con el dictamen de la Junta de Enseñanzas Náuticas y de Formación Profesional Náutico-Pesquera.
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
Normas que la modifican o afectan (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | el capítulo II, por Orden de 7 de diciembre de 1964 |
| Se deroga | el capítulo IV y el art. 29 del V, por Orden de 3 de marzo de 1965 |
| Se deroga | lo indicado, por Orden de 20 de mayo de 1988 |
| Se deroga | lo indicado , por el Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre |
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 10 del Decreto 629/1963, de 14 de marzo |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1964-3685?
- BOE-A-1964-3685 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1964-3685?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1964-3685?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.