Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.
BOE-A-1997-28043 · Boletín Oficial del Estado, 1997-12-30 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
BOE-A-1997-28043 está derogada desde el 2021-09-30: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1997-12-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 312, 1997-12-30
- Entrada en vigor
- 1997-12-31
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-09-30
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-28043
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La experiencia acumulada en el funcionamiento y gestión del programa público de contratación de trabajadores desempleados por organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro ha demostrado su eficacia para facilitar la práctica profesional y mejorar la ocupabilidad de los demandantes de empleo participantes. Al mismo tiempo se han prestado servicios de interés general y social que han redundado sin duda en beneficio de la Comunidad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la subvención.
- Artículo 2. Actividades y ocupaciones de preferente cobertura.
- Artículo 3. Beneficiarios de la subvención.
- Artículo 4. Destino de las subvenciones públicas y cuantías de las mismas.
- Artículo 5. Requisitos y criterios para la selección de las obras y servicios.
- Artículo 6. Requisitos y criterios para la selección de trabajadores.
- Artículo 7. Solicitud de la subvención.
- Artículo 8. Forma de conceder las subvenciones.
- Artículo 9. Contratación de trabajadores.
- Artículo 10. Seguimiento y control.
- Artículo 11. Evaluación del programa.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta. Subvenciones en los proyectos a desarrollar en las Ciudades de Ceuta y Melilla por órganos de la Administración General del Estado.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (19)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 81.6 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre |
| Deroga | Orden de 13 de abril de 1994 |
| Deroga | Orden de 4 de junio de 1997 |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1997-28043?
- BOE-A-1997-28043 está derogada desde el 2021-09-30: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1997-28043?
- El BOE registra 19 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1997-28043?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.