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Orden Derogada

Artículo 2. Actividades y ocupaciones de preferente cobertura.

Artículo 2 de la Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social. · BOE-A-1997-28043

Atención: BOE-A-1997-28043 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Director general del Instituto Nacional de Empleo, antes del 30 de octubre de cada año, determinará mediante resolución administrativa aquellas actividades y ocupaciones que se consideren preferentes a efectos de la aprobación posterior de proyectos u obras de interés general y social presentados por las entidades citadas anteriormente. Dicha resolución administrativa se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-31.

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