Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.
BOE-A-1997-17574 · Boletín Oficial del Estado, 1997-08-05 · Jefatura del Estado
Ley Orgánica 4/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley Orgánica 4/1997 regula el uso de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en espacios públicos, con el objetivo de mejorar la seguridad ciudadana y prevenir delitos. Esta norma es aplicable a todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en España desde su entrada en vigor el 5 de agosto de 1997.
Entre los puntos clave de la ley se encuentran: la necesidad de obtener autorización previa para la instalación de videocámaras, garantizando que no se vulneren derechos fundamentales como el derecho a la intimidad; la obligación de destruir las grabaciones en un plazo de un mes, salvo en casos relacionados con investigaciones judiciales o infracciones graves; y el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre la existencia de videocámaras y a acceder a las grabaciones que les afecten. Además, se establece un régimen de sanciones para las infracciones a esta normativa, que incluye tanto faltas graves como muy graves en el ámbito disciplinario de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esta ley no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley Orgánica 4/1997
- Fecha de la disposición
- 1997-08-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 186, 1997-08-05
- Entrada en vigor
- 1997-08-06
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-17574
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Autorización de las instalaciones fijas.
- Artículo 4. Criterios de autorización de instalaciones fijas.
- Artículo 5. Autorización de videocámaras móviles.
- Artículo 6. Principios de utilización de las videocámaras.
- Artículo 7. Aspectos procedimentales.
- Artículo 8. Conservación de las grabaciones.
- Artículo 9. Derechos de los interesados.
- Artículo 10. Infracciones y sanciones.
- Artículo 11. Recursos.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena.
- Disposición transitoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Orgánica 4/1997?
- Ley Orgánica 4/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Orgánica 4/1997?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Orgánica 4/1997?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.