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Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.

BOE-A-2018-16344 · Boletín Oficial del Estado, 2018-11-30 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 8/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-18.

Resumen

La Ley 8/2018, de 23 de octubre, regula el comercio ambulante o no sedentario en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta norma aplica a todas las personas físicas o jurídicas que deseen ejercer esta actividad comercial en el territorio extremeño desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave, establece que la venta ambulante requiere autorización administrativa previa, que será concedida por los ayuntamientos y tendrá una duración de siete años, prorrogables por otros siete. Esto busca ofrecer estabilidad a los comerciantes y permitir la amortización de sus inversiones. Además, se especifican las obligaciones de los comerciantes, como tener expuestas las placas identificativas y precios de los productos, así como garantizar la disponibilidad de hojas de reclamaciones para los consumidores. La ley también promueve la coordinación entre administraciones y la protección de los derechos de los comerciantes y consumidores, y establece un marco para la regulación de las ordenanzas municipales que deben adaptarse a esta normativa.

No se encuentra derogada ni anulada, por lo que sigue vigente y en aplicación.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 8/2018
Fecha de la disposición
2018-10-23
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 289, 2018-11-30
Entrada en vigor
2018-10-27
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-09-18
Artículos
27
Identificador BOE
BOE-A-2018-16344
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 8/2018?
Ley 8/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2018?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2018?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.