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Ley Vigente

Artículo 4. Sujetos.

Artículo 4 de la Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura. · BOE-A-2018-16344

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-27.

Texto consolidado

La venta ambulante o no sedentaria podrá ejercerse por toda persona física o jurídica legalmente constituida que se dedique a la actividad de comercio al por menor y reúna los requisitos establecidos en la presente ley y demás normativa que le fuese de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-27.

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