Disposición transitoria primera. Adaptación de ordenanzas municipales.
Disposición transitoria primera de la Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura. · BOE-A-2018-16344
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-27.
Texto consolidado
Los Ayuntamientos que dispusiesen de ordenanzas vigentes reguladoras de la venta ambulante, deberán proceder a su adaptación antes del 1 de enero de 2020.