Ley 8/1991, de 25 de marzo, por la que se aprueba el arbitrio sobre la producción y la importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.
BOE-A-1991-7645 · Boletín Oficial del Estado, 1991-03-26 · Jefatura del Estado
Ley 8/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/1991
- Fecha de la disposición
- 1991-03-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 73, 1991-03-26
- Entrada en vigor
- 1991-03-27
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-7645
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Ambito de aplicación.
- Artículo 3. Hecho imponible.
- Artículo 4. Concepto de empresario o profesional.
- Artículo 5. Concepto de importación de bienes.
- Artículo 6. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 7. Exenciones en operaciones interiores.
- Artículo 8. Exenciones en las exportaciones y operaciones asimiladas.
- Artículo 9. Exenciones en importaciones de bienes.
- Artículo 10. Regímenes especiales de importación.
- Artículo 11. Devengo del impuesto.
- Artículo 12. Sujeto pasivo en las operaciones interiores.
- Artículo 13. Sujeto pasivo en las importaciones.
- Artículo 14. Repercusión del Impuesto.
- Artículo 15. Base imponible en operaciones interiores.
- Artículo 16. Base imponible en las importaciones.
- Artículo 17. Determinación de la base imponible.
- Artículo 18. Tipo de gravamen.
- Artículo 18 bis. Gravámenes complementarios del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en Ceuta y Melilla aplicables sobre las labores del tabaco y sobre c…
- Artículo 19. Cuota tributaria.
- Artículo 20. Deducciones y devoluciones.
- Artículo 21. Obligaciones de los sujetos pasivos.
- Artículo 22. Liquidación.
- Artículo 23. Infracciones y sanciones.
- Artículo 24. Administración competente.
- Artículo 25. Ordenanzas Fiscales.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera. Vehículos de tracción mecánica, embarcaciones o aeronaves importadas pendientes de matriculación en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (11)
Normas a las que afecta (10)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/1991?
- Ley 8/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/1991?
- El BOE registra 11 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/1991?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.