Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
BOE-A-2013-12888 · Boletín Oficial del Estado, 2013-12-10 · Jefatura del Estado
Ley 20/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 20/2013, de 9 de diciembre, regula la garantía de la unidad de mercado en España, con el objetivo de facilitar la libre circulación de bienes, servicios y personas en todo el territorio nacional. Esta norma se aplica a todos los operadores económicos y a las Administraciones Públicas desde su entrada en vigor en diciembre de 2013.
Entre los puntos clave de la ley, se establece el principio de no discriminación, garantizando que todos los operadores tengan los mismos derechos sin importar su lugar de residencia o establecimiento. También se promueve la cooperación y confianza mutua entre las distintas administraciones para evitar obstáculos a la actividad económica. Además, se introducen mecanismos para la supervisión de operadores económicos y se habilitan procedimientos para que los ciudadanos y empresas puedan reclamar ante posibles vulneraciones de la unidad de mercado. La ley busca simplificar la regulación y minimizar las cargas administrativas, facilitando así un entorno más favorable para la inversión y el crecimiento económico.
La ley no está derogada y sigue vigente, aunque algunos de sus artículos han sido anulados por el Tribunal Constitucional.
Datos clave
- Rango
- Ley 20/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-12-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 295, 2013-12-10
- Entrada en vigor
- 2013-12-11
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 47
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-12888
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principio de no discriminación.
- Artículo 4. Principio de cooperación y confianza mutua.
- Artículo 5. Principio de necesidad y proporcionalidad de las actuaciones de las autoridades competentes.
- Artículo 6. Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional.
- Artículo 7. Principio de simplificación de cargas.
- Artículo 8. Principio de transparencia.
- Artículo 9. Garantía de las libertades de los operadores económicos.
- Artículo 10. Conferencia Sectorial para la Mejora Regulatoria y el Clima de Negocios.
- Artículo 11. Funciones de la Secretaría para la Unidad de Mercado.
- Artículo 12. Cooperación en el marco de las conferencias sectoriales.
- Artículo 13. Información a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
- Artículo 14. Cooperación en la elaboración de proyectos normativos.
- Artículo 15. Evaluación periódica de la normativa.
- Artículo 16. Libre iniciativa económica.
- Artículo 17. Instrumentación del principio de necesidad y proporcionalidad.
- Artículo 18. Actuaciones que limitan la libertad de establecimiento y la libertad de circulación.
- Artículo 19. Libre iniciativa económica en todo el territorio nacional.
- Artículo 20. Eficacia en todo el territorio nacional de las actuaciones administrativas.
- Artículo 21. Autoridad competente en la supervisión de los operadores.
- Artículo 22. Integración de la información obrante en los registros sectoriales.
- Artículo 23. Sistema de intercambio electrónico de información.
- Artículo 24. Intercambio de información en el ejercicio de funciones de supervisión.
- Artículo 25. Intercambio de información por razones imperiosas de interés general.
- Artículo 26. Procedimiento en defensa de la libertad de establecimiento y de circulación por las autoridades competentes.
- Artículo 27. Legitimación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Artículo 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios.
- Disposición adicional primera. Actuaciones estatales.
- Disposición adicional segunda. Productos regulados.
- Disposición adicional tercera. Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Disposición adicional cuarta. Uso voluntario de normas de calidad.
- Disposición adicional quinta. Acción popular y derecho de petición.
- Disposición adicional sexta. Evaluación normativa de unidad de mercado.
- Disposición adicional séptima. Plan anual de trabajo y seguimiento.
- Disposición adicional octava. Plan de trabajo de las conferencias sectoriales.
- Disposición adicional novena. Creación del Observatorio de Buenas Prácticas Regulatorias.
- Disposición adicional décima. Determinación de la autoridad de origen.
- Disposición adicional decimoprimera. Plazo para formular requerimientos previos a la interposición de recurso contencioso-administrativo.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Adaptación de la normativa vigente.
- Disposición final sexta. Desarrollo normativo.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 20/2013?
- Ley 20/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 20/2013?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 20/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.