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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional sexta. Evaluación normativa de unidad de mercado.

Disposición adicional sexta de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2013-12888

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-19.

Texto consolidado

Aquellos proyectos normativos elaborados de conformidad con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que tengan efectos significativos sobre la unidad de mercado deberán someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación. Dicho análisis se realizará de conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.#a6

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas..

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