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Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura.

BOE-A-2017-3067 · Boletín Oficial del Estado, 2017-03-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura

Ley 2/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Ley 2/2017, de 17 de febrero, regula la emergencia social de la vivienda en Extremadura, enfocándose en garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada para los ciudadanos. Esta norma aplica a todas las personas que residen en la Comunidad Autónoma de Extremadura y entró en vigor el 18 de marzo de 2017.

Entre los puntos clave de la ley, se establece la suspensión temporal de los procedimientos de desahucio de viviendas de promoción pública por impago de alquiler, siempre que se demuestre una alteración significativa de las circunstancias económicas de la unidad familiar. Además, se define la función social de la vivienda, prohibiendo su uso para especulación y promoviendo su ocupación efectiva. La ley también permite la expropiación temporal del usufructo de viviendas deshabitadas en casos de emergencia social, aunque este artículo ha sido anulado por el Tribunal Constitucional. Por último, se contempla la creación de una bolsa de viviendas para alquiler social, priorizando a personas en riesgo de exclusión y a víctimas de violencia de género.

La ley no está derogada, pero algunos de sus artículos han sido anulados por el Tribunal Constitucional, lo que limita su aplicación en ciertos aspectos.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 2/2017
Fecha de la disposición
2017-02-17
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 69, 2017-03-22
Entrada en vigor
2017-03-14
Departamento
Comunidad Autónoma de Extremadura
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
21
Identificador BOE
BOE-A-2017-3067
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (4)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 2/2017?
Ley 2/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2017?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2017?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.