Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura.
BOE-A-2017-3067 · Boletín Oficial del Estado, 2017-03-22 · Comunidad Autónoma de Extremadura
Ley 2/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 2/2017, de 17 de febrero, regula la emergencia social de la vivienda en Extremadura, enfocándose en garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada para los ciudadanos. Esta norma aplica a todas las personas que residen en la Comunidad Autónoma de Extremadura y entró en vigor el 18 de marzo de 2017.
Entre los puntos clave de la ley, se establece la suspensión temporal de los procedimientos de desahucio de viviendas de promoción pública por impago de alquiler, siempre que se demuestre una alteración significativa de las circunstancias económicas de la unidad familiar. Además, se define la función social de la vivienda, prohibiendo su uso para especulación y promoviendo su ocupación efectiva. La ley también permite la expropiación temporal del usufructo de viviendas deshabitadas en casos de emergencia social, aunque este artículo ha sido anulado por el Tribunal Constitucional. Por último, se contempla la creación de una bolsa de viviendas para alquiler social, priorizando a personas en riesgo de exclusión y a víctimas de violencia de género.
La ley no está derogada, pero algunos de sus artículos han sido anulados por el Tribunal Constitucional, lo que limita su aplicación en ciertos aspectos.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 69, 2017-03-22
- Entrada en vigor
- 2017-03-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Extremadura
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-3067
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura.
- Artículo 2. Expropiación forzosa del usufructo temporal de determinadas viviendas para la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergenc…
- Artículo 3. Suspensión temporal de los procedimientos administrativos de desahucio de viviendas de promoción pública.
- Artículo 4. Medidas para aliviar el endeudamiento derivado del impago de rentas de alquiler de viviendas de promoción pública.
- Disposición adicional primera. Actuaciones de comprobación.
- Disposición adicional segunda. Inventario de bienes del parque público de viviendas de la Junta de Extremadura.
- Disposición adicional tercera. Exención de reintegro de ayudas en supuestos de dación en pago.
- Disposición adicional cuarta. Deudas y cargas sobre la vivienda habitual.
- Disposición adicional quinta. Tipo de gravamen reducido del impuesto sobre las transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para las escrituras públicas que docume…
- Disposición adicional sexta. Medidas para el sobreendeudamiento con las comunidades de vecinos, administraciones públicas y organismos.
- Disposición transitoria primera. Aplicación a los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubiesen iniciado antes de la entrada en vigor de la pres…
- Disposición transitoria segunda. Colaboración entre la Junta de Extremadura y las administraciones locales. Tramitación ante las administraciones locales y plazo para los mecani…
- Disposición transitoria tercera. Nueva regulación en materia de vivienda.
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final segunda. Ayudas de la Junta de Extremadura.
- Disposición final tercera. Canon de vivienda deshabitada.
- Disposición final cuarta. Garantías de habitabilidad.
- Disposición final quinta. Bolsa de viviendas para el alquiler social.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 7/2016 de 21 de junio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social.
- Disposición final séptima. Comisión de Seguimiento de la Vivienda.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2017?
- Ley 2/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2017?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.