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Ley Vigente

Disposición final cuarta. Garantías de habitabilidad.

Disposición final cuarta de la Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura. · BOE-A-2017-3067

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-14.

Texto consolidado

La Junta de Extremadura garantizará que las viviendas de promoción pública y de protección oficial en su propiedad cumplan los requisitos óptimos de habitabilidad en términos análogos a los previstos en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, entregándolas con contadores de suministros individuales y actualizados con respecto a deudas previas contraídas por habitantes anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-14.

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