Ley 10/2016, de 30 de junio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.
BOE-A-2016-6996 · Boletín Oficial del Estado, 2016-07-21 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 10/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en el País Vasco, permitiendo a los ciudadanos participar en el proceso legislativo. Aplica a todos los ciudadanos vascos inscritos en el censo electoral desde su entrada en vigor el 1 de julio de 2016.
Entre los puntos clave, la ley reduce el número de firmas necesarias para presentar una ILP a 10,000, facilita la inclusión de más temas en las iniciativas y permite que los promotores participen en el debate parlamentario. También establece que los firmantes deben ser ciudadanos de la UE o residentes legales en el País Vasco, y prohíbe la presentación de iniciativas sobre ciertas materias, como las tributarias o la reforma del Estatuto de Autonomía. Además, se garantiza la protección de datos personales de los firmantes y se prevé la compensación de gastos para los promotores si su propuesta es considerada por el Parlamento.
Finalmente, esta ley deroga la anterior Ley 8/1986 de Iniciativa Legislativa Popular, actualizando y mejorando el marco para la participación ciudadana en la legislación vasca.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-06-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 175, 2016-07-21
- Entrada en vigor
- 2016-07-08
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 18
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-6996
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 10/2016, de 30 de junio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley y personas legitimadas.
- Artículo 2. Materias excluidas de la iniciativa legislativa popular.
- Artículo 3. Requisitos de la iniciativa legislativa popular.
- Artículo 4. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 5. Trámite de admisión.
- Artículo 6. Iniciación del procedimiento y plazo de recogida de firmas.
- Artículo 7. Pliegos para la recogida de firmas.
- Artículo 8. Autenticación de las firmas.
- Artículo 9. Acreditación de la inscripción en el censo electoral o en el padrón municipal.
- Artículo 10. Presentación, comprobación y recuento de las firmas.
- Artículo 11. Tramitación parlamentaria.
- Artículo 12. No caducidad de las proposiciones en caso de disolución del Parlamento.
- Artículo 13. Protección de datos personales.
- Artículo 14. Compensación por los gastos realizados.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco. |
| Deroga | Ley 8/1986, de 26 de junio, de Iniciativa Legislativa Popular. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2016?
- Ley 10/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.