Ley 1/2011, de 22 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de los consumidores y usuarios de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2011-6873 · Boletín Oficial del Estado, 2011-04-16 · Comunitat Valenciana
Ley 1/2011 está derogada desde el 2019-12-25: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-03-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 91, 2011-04-16
- Entrada en vigor
- 2011-04-24
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-12-25
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 93
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-6873
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
Cumplidos más de veinte años desde la promulgación de la Ley 2/1987, de 9 de abril, de la Generalitat, de Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, el tiempo transcurrido ha puesto en evidencia que la perspectiva con la que actualmente se contempla la protección de los derechos e intereses de los consumidores es sustancialmente distinta a la que informó el nacimiento del anterior estatuto.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto de consumidores y usuarios.
- Artículo 3. Carácter informador y fines.
- Artículo 4. Derechos básicos de los consumidores.
- Artículo 5. Naturaleza de los derechos reconocidos.
- Artículo 6. De los colectivos de especial protección.
- Artículo 7. Actuaciones de protección prioritarias.
- Artículo 8. Derechos lingüísticos.
- Artículo 9. Agentes del sistema.
- Artículo 10. La Generalitat.
- Artículo 11. El Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 12. Las juntas arbitrales de consumo.
- Artículo 13. Las entidades locales.
- Artículo 14. Las oficinas municipales de información al consumidor.
- Artículo 15. Las asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 16. Derecho a la protección de la salud y seguridad en la utilización y consumo de bienes y servicios.
- Artículo 17. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 18. Contenido.
- Artículo 18 bis. Protección contra las prácticas comerciales desleales.
- Artículo 19. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 20. Contenido.
- Artículo 21. Promoción del derecho a la reparación de daños.
- Artículo 22. Daños derivados de la prestación de un servicio público.
- Artículo 23. Derecho a la información de los consumidores y usuarios en la promoción, oferta, adquisición, utilización y disfrute de bienes y servicios.
- Artículo 24. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 24 bis. Derecho de información sobre la titulización de préstamos hipotecarios de otros tipos.
- Artículo 24 ter. Plazo de comunicación de la cesión de créditos.
- Artículo 24 quáter. Contenido de la información específica sobre la cesión de créditos.
- Artículo 24 quinquies. Extensión del derecho de información a la cesión o sustitución en casos de planes y fondos de pensiones, jubilación e inversión.
- Artículo 25. Derecho a la educación y formación.
- Artículo 26. Actuación de las administraciones públicas en materia de educación en consumo
- Artículo 27. Actuación de las administraciones públicas en materia de formación en consumo.
- Artículo 28. Derecho de representación, audiencia y participación.
- Artículo 29. Registro.
- Artículo 30. Funciones y derechos de las asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 31. Deberes, obligaciones y prohibiciones de las asociaciones de consumidores y usuarios.
- Artículo 32. Colaboración con los operadores de mercado.
- Artículo 33. Audiencia.
- Artículo 34. Principios y fines de la protección en materia de consumo.
- Artículo 35. Actuaciones de protección.
- Artículo 36. Vigilancia de los productos, bienes y servicios.
- Artículo 37. Apoyo técnico.
- Artículo 38. Inspección de consumo.
- Artículo 39. Organización y funcionamiento de la inspección de consumo.
- Artículo 40. El personal de la inspección de consumo.
- Artículo 41. De la actividad inspectora.
- Artículo 42. Facultades de la inspección y acceso a establecimientos y documentos.
- Artículo 43. Obligaciones de los inspeccionados.
- Artículo 44. Colaboración con los servicios de inspección.
- Artículo 45. Toma de muestras.
- Artículo 46. Actas de inspección.
- Artículo 47. Medidas provisionales.
- Artículo 48. Tipos de medidas provisionales.
- Artículo 49. Procedimiento.
- Artículo 50. Proporcionalidad de las medidas provisionales.
- Artículo 51. Comunicación de las medidas adoptadas.
- Artículo 52. Multas coercitivas.
- Artículo 53. Hojas de reclamaciones.
- Artículo 54. Responsabilidades.
- Artículo 55. Potestad sancionadora.
- Artículo 56. Competencia sancionadora de los municipios.
- Artículo 57. Coordinación y colaboración administrativa.
- Artículo 58. Sujetos responsables.
- Artículo 59. Lugar de comisión de la infracción.
- Artículo 60. Medidas provisionales.
- Artículo 61. Reposición de la situación alterada por la infracción e indemnización de daños y perjuicios.
- Artículo 62. Concepto.
- Artículo 63. Protección de la salud y seguridad de los consumidores.
- Artículo 64. Alteración, adulteración o fraude en productos y servicios.
- Artículo 65. Normalización técnica, condiciones de venta y documentación.
- Artículo 66. Contratación a distancia y fuera de establecimientos mercantiles.
- Artículo 67. Garantía y servicio posventa.
- Artículo 68. Información y vigilancia.
- Artículo 69. Otras infracciones.
- Artículo 70. Calificación de las infracciones.
- Artículo 71. Importe de las sanciones.
- Artículo 72. Sanciones complementarias para las infracciones graves y muy graves.
- Artículo 73. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 74. Interrupción del plazo de prescripción.
- Artículo 75. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 76. Procedimiento.
- Artículo 77. Fomento de las soluciones extrajudiciales de conflictos.
- Artículo 78. Mediación de consumo.
- Artículo 79. Arbitraje de consumo.
- Artículo 80. El sector público y la adhesión al arbitraje de consumo.
- Disposición adicional única. Modificación de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional primera. Modificación de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional segunda. Sobre el personal y condiciones de accesibilidad en los establecimientos de distribución al por menor y venta al público de carburantes y combusti…
- Disposición transitoria única. Procedimientos administrativos sancionadores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación de normativa supletoria.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 26/1984, de 19 de julio |
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. |
| Modifica | Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. |
| Deroga | Ley 2/1987, de 9 de abril |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2011?
- Ley 1/2011 está derogada desde el 2019-12-25: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2011?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.