Decreto Legislativo 1/2019, de 13 de diciembre, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana.
DOGV-r-2019-90594 · Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, 2019-12-24 · Comunitat Valenciana
Decreto Legislativo 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-06-20.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-12-13
- Publicación
- Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 8704, 2019-12-24
- Entrada en vigor
- 2019-12-25
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-06-20
- Artículos
- 96
- Identificador BOE
- DOGV-r-2019-90594
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
I
Los artículos 9 y 49.1.35.ª del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana atribuyen competencia exclusiva a la Generalitat en materia de defensa de las personas consumidoras y usuarias. La Generalitat aplica, así, el principio rector de la política social y económica de defensa de las personas consumidoras y usuarias, cuya garantía impone a los poderes públicos el artículo 51.1 y 2 de la Constitución Española. El Estatuto de personas consumidoras y usuarias aprobado por la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, que ahora se refunde, se configuró, así, como la aplicación material de la reforma estatutaria de 2006.
El texto refundido de la ley se articula en ochenta y cinco artículos, que se estructuran en cinco títulos, y tiene una disposición adicional, y dos transitorias.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional única. Remisiones normativas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto de personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 3. Carácter informador y fines.
- Artículo 4. Derechos básicos de las personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 5. Naturaleza de los derechos reconocidos.
- Artículo 6. De los colectivos de especial protección.
- Artículo 7. Actuaciones de protección prioritarias.
- Artículo 8. Derechos lingüísticos.
- Artículo 9. Agentes del sistema.
- Artículo 10. La Generalitat.
- Artículo 11. El Consejo de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 12. Las juntas arbitrales de consumo.
- Artículo 13. Las entidades locales.
- Artículo 14. Las oficinas municipales de información a las personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 15. Las asociaciones de personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 16. Derecho a la protección de la salud y seguridad en la utilización y consumo de bienes y servicios.
- Artículo 17. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 18. Contenido.
- Artículo 19. Protección contra las prácticas comerciales desleales.
- Artículo 20. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 21. Contenido.
- Artículo 22. Promoción del derecho a la reparación de daños.
- Artículo 23. Daños derivados de la prestación de un servicio público.
- Artículo 24. Derecho a la información de las personas consumidoras y usuarias en la promoción, oferta, adquisición, utilización y disfrute de bienes y servicios.
- Artículo 25. Actuación de las administraciones públicas.
- Artículo 26. Derecho de información sobre la titulización de préstamos hipotecarios y de otros tipos.
- Artículo 27. Plazo de comunicación de la cesión de créditos.
- Artículo 28. Contenido de la información específica sobre la cesión de créditos.
- Artículo 29. Extensión del derecho de información a la cesión o sustitución en casos de planes y fondos de pensiones, jubilación e inversión.
- Artículo 30. Derecho a la educación y formación.
- Artículo 31. Actuación de las administraciones públicas en materia de educación en consumo.
- Artículo 32. Actuación de las administraciones públicas en materia de formación en consumo.
- Artículo 33. Derecho de representación, audiencia y participación.
- Artículo 34. Registro.
- Artículo 35. Funciones y derechos de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 36. Deberes, obligaciones y prohibiciones de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 37. Colaboración con los operadores de mercado.
- Artículo 38. Audiencia.
- Artículo 39. Principios y fines de la protección en materia de consumo.
- Artículo 40. Actuaciones de protección.
- Artículo 41. Vigilancia de los productos, bienes y servicios.
- Artículo 42. Apoyo técnico.
- Artículo 43. Inspección de consumo.
- Artículo 44. Organización y funcionamiento de la inspección de consumo.
- Artículo 45. El personal de la inspección de consumo.
- Artículo 46. De la actividad inspectora.
- Artículo 47. Facultades de la inspección y acceso a establecimientos y documentos.
- Artículo 48. Obligaciones de las personas inspeccionadas.
- Artículo 49. Colaboración con los servicios de inspección.
- Artículo 50. Toma de muestras.
- Artículo 51. Actas de inspección.
- Artículo 52. Medidas provisionales.
- Artículo 53. Tipos de medidas provisionales.
- Artículo 54. Procedimiento.
- Artículo 55. Proporcionalidad de las medidas provisionales.
- Artículo 56. Comunicación de las medidas adoptadas.
- Artículo 57. Multas coercitivas.
- Artículo 58. Hojas de reclamaciones.
- Artículo 59. Responsabilidades.
- Artículo 60. Potestad sancionadora.
- Artículo 61. Competencia sancionadora de los municipios.
- Artículo 62. Coordinación y colaboración administrativa.
- Artículo 63. Sujetos responsables.
- Artículo 64. Lugar de comisión de la infracción.
- Artículo 65. Medidas provisionales.
- Artículo 66. Reposición de la situación alterada por la infracción e indemnización de daños y perjuicios.
- Artículo 67. Concepto.
- Artículo 68. Protección de la salud y seguridad de las personas consumidoras y usuarias.
- Artículo 69. Alteración, adulteración o fraude en productos y servicios.
- Artículo 70. Normalización técnica, condiciones de venta y documentación.
- Artículo 71. Contratación a distancia y fuera de establecimientos mercantiles.
- Artículo 72. Garantía y servicio posventa.
- Artículo 73. Información y vigilancia.
- Artículo 74. Otras infracciones.
- Artículo 75. Calificación de las infracciones.
- Artículo 76. Importe de las sanciones.
- Artículo 76 bis. Graduación de las sanciones.
- Artículo 76 ter. Circunstancias agravantes.
- Artículo 76 quáter. Circunstancias atenuantes.
- Artículo 77. Sanciones complementarias para las infracciones graves y muy graves.
- Artículo 78. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 79. Interrupción del plazo de prescripción.
- Artículo 80. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 81. Procedimiento.
- Artículo 82. Fomento de las soluciones extrajudiciales de conflictos.
- Artículo 83. Mediación de consumo.
- Artículo 84. Arbitraje de consumo.
- Artículo 85. El sector público y la adhesión al arbitraje de consumo.
- Disposición adicional única. Concepto de microempresas y pequeñas empresas.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio del deber de información.
- Disposición final primera. Aplicación de normativa supletoria.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2019?
- Decreto Legislativo 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-06-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2019?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.