Artículo 75. Prescripción de las sanciones.
Artículo 75 de la Ley 1/2011, de 22 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de los consumidores y usuarios de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6873
Atención: Ley 1/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las sanciones a que se refiere la presente ley prescribirán por el transcurso del plazo de cuatro años desde que adquieran firmeza en vía administrativa.
2. La prescripción de las sanciones se interrumpirá en los términos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.