Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.
BOE-A-2019-15790 · Boletín Oficial del Estado, 2019-11-05 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 14/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
Resumen
Esta norma regula medidas urgentes en materia de administración digital, contratación pública y telecomunicaciones para garantizar la seguridad pública en el contexto de la creciente digitalización. Aplica a todas las Administraciones Públicas y a los ciudadanos desde su entrada en vigor el 1 de noviembre de 2019.
Entre los puntos clave, se establece que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es el único documento válido para acreditar la identidad de los ciudadanos. Se refuerzan los sistemas de identificación electrónica, exigiendo que los datos se gestionen dentro de la Unión Europea y limitando la transferencia de datos a terceros países. Además, se introducen obligaciones para los contratistas del sector público en relación con la protección de datos, como la obligación de especificar la finalidad del tratamiento de datos personales en los contratos y garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos. También se otorgan mayores poderes al Gobierno para intervenir en redes de telecomunicaciones en situaciones que amenacen la seguridad pública.
Esta norma no ha sido derogada ni anulada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 14/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-10-31
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 266, 2019-11-05
- Entrada en vigor
- 2019-11-06
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-12
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-15790
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
La sociedad actual requiere de adaptaciones en la esfera digital que exigen de una traducción en el plano normativo. El desarrollo y empleo de las nuevas tecnologías y redes de comunicaciones por parte de las Administraciones Públicas se está acelerando. Ello exige establecer sin demora un marco jurídico que garantice el interés general y, en particular, la seguridad pública, asegurando la adecuada prestación de los servicios públicos y, al mismo tiempo, que la administración digital se emplee para fines legítimos que no comprometan los derechos y libertades de los ciudadanos.
El carácter estratégico para la seguridad pública de las materias reguladas en este real decreto-ley se ve avalado por la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, que describe los riesgos asociados a las nuevas tecnologías como uno de los principales desafíos de la sociedad actual.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
- Artículo 3. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo 4. Modificación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Artículo 5. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parla…
- Artículo 6. Modificación de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
- Artículo 7. Modificación del Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información.
- Disposición adicional única. Comunicación de las redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación de las Administraciones Públicas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en el artículo 3.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en el artículo 4.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en el artículo 5.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (7)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 14/2019?
- Real Decreto-ley 14/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 14/2019?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 14/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.