Artículo 2. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
Artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones. · BOE-A-2019-15790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-11-06.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 1 del artículo 15 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en los siguientes términos:
«1. El documento nacional de identidad electrónico es el documento nacional de identidad que acredita electrónicamente la identidad personal de su titular, en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y permite la firma electrónica de documentos.»
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