Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
BOE-A-2017-12902 · Boletín Oficial del Estado, 2017-11-09 · Jefatura del Estado
Ley 9/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 272, 2017-11-09
- Entrada en vigor
- 2018-03-09
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-12
- Artículos
- 428
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-12902
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito subjetivo.
- Artículo 4. Régimen aplicable a los negocios jurídicos excluidos.
- Artículo 5. Negocios jurídicos y contratos excluidos en el ámbito de la Defensa y de la Seguridad.
- Artículo 6. Convenios y encomiendas de gestión.
- Artículo 7. Negocios jurídicos y contratos excluidos en el ámbito internacional.
- Artículo 8. Negocios y contratos excluidos en el ámbito de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación.
- Artículo 9. Relaciones jurídicas, negocios y contratos excluidos en el ámbito del dominio público y en el ámbito patrimonial.
- Artículo 10. Negocios y contratos excluidos en el ámbito financiero.
- Artículo 11. Otros negocios o contratos excluidos.
- Artículo 12. Calificación de los contratos.
- Artículo 13. Contrato de obras.
- Artículo 14. Contrato de concesión de obras.
- Artículo 15. Contrato de concesión de servicios.
- Artículo 16. Contrato de suministro.
- Artículo 17. Contrato de servicios.
- Artículo 18. Contratos mixtos.
- Artículo 19. Delimitación general.
- Artículo 20. Contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios sujetos a una regulación armonizada: Umbral.
- Artículo 21. Contratos de suministro sujetos a una regulación armonizada: Umbral.
- Artículo 22. Contratos de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral.
- Artículo 23. Contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada.
- Artículo 24. Régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público.
- Artículo 25. Contratos administrativos.
- Artículo 26. Contratos privados.
- Artículo 27. Jurisdicción competente.
- Artículo 28. Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación.
- Artículo 29. Plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación.
- Artículo 30. Ejecución directa de prestaciones por la Administración Pública con la colaboración de empresarios particulares o a través de medios propios no personificados.
- Artículo 31. Potestad de auto organización y sistemas de cooperación pública vertical y horizontal.
- Artículo 32. Encargos de los poderes adjudicadores a medios propios personificados.
- Artículo 33. Encargos de entidades pertenecientes al sector público que no tengan la consideración de poder adjudicador a medios propios personificados.
- Artículo 34. Libertad de pactos.
- Artículo 35. Contenido mínimo del contrato.
- Artículo 36. Perfección de los contratos.
- Artículo 37. Carácter formal de la contratación del sector público.
- Artículo 38. Supuestos de invalidez.
- Artículo 39. Causas de nulidad de derecho administrativo.
- Artículo 40. Causas de anulabilidad de derecho administrativo.
- Artículo 41. Revisión de oficio.
- Artículo 42. Efectos de la declaración de nulidad y efectos en supuestos de anulabilidad.
- Artículo 43. Causas de invalidez de derecho civil.
- Artículo 44. Recurso especial en materia de contratación: actos recurribles.
- Artículo 45. Órgano competente para la resolución del recurso en la Administración General del Estado.
- Artículo 46. Órgano competente para la resolución del recurso en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
- Artículo 47. Recursos contra actos de poderes adjudicadores que no sean Administración Pública y en relación con contratos subvencionados.
- Artículo 48. Legitimación.
- Artículo 49. Solicitud de medidas cautelares.
- Artículo 50. Iniciación del procedimiento y plazo.
- Artículo 51. Forma y lugar de interposición del recurso especial.
- Artículo 52. Acceso al expediente.
- Artículo 53. Efectos derivados de la interposición del recurso.
- Artículo 54. Comunicaciones y notificaciones.
- Artículo 55. Inadmisión.
- Artículo 56. Tramitación del procedimiento.
- Artículo 57. Resolución del recurso especial.
- Artículo 58. Indemnizaciones y multas.
- Artículo 59. Efectos de la resolución del recurso especial.
- Artículo 60. Emplazamiento de las partes ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Artículo 61. Competencia para contratar.
- Artículo 62. Responsable del contrato.
- Artículo 63. Perfil de contratante.
- Artículo 64. Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses.
- Artículo 65. Condiciones de aptitud.
- Artículo 66. Personas jurídicas.
- Artículo 67. Empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Artículo 68. Empresas no comunitarias.
- Artículo 69. Uniones de empresarios.
- Artículo 70. Condiciones especiales de compatibilidad.
- Artículo 71. Prohibiciones de contratar.
- Artículo 72. Apreciación de la prohibición de contratar. Competencia y procedimiento.
- Artículo 73. Efectos de la declaración de la prohibición de contratar.
- Artículo 74. Exigencia de solvencia.
- Artículo 75. Integración de la solvencia con medios externos.
- Artículo 76. Concreción de las condiciones de solvencia.
- Artículo 77. Exigencia y efectos de la clasificación.
- Artículo 78. Exención de la exigencia de clasificación.
- Artículo 79. Criterios aplicables y condiciones para la clasificación.
- Artículo 80. Acuerdos o decisiones de clasificación: competencia, eficacia, recurso y clasificaciones divergentes.
- Artículo 81. Inscripción registral de la clasificación.
- Artículo 82. Plazo de vigencia y revisión de las clasificaciones.
- Artículo 83. Comprobación de los elementos de la clasificación.
- Artículo 84. Acreditación de la capacidad de obrar.
- Artículo 85. Prueba de la no concurrencia de una prohibición de contratar.
- Artículo 86. Medios de acreditar la solvencia.
- Artículo 87. Acreditación de la solvencia económica y financiera.
- Artículo 88. Solvencia técnica en los contratos de obras.
- Artículo 89. Solvencia técnica en los contratos de suministro.
- Artículo 90. Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios.
- Artículo 91. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos.
- Artículo 92. Concreción de los requisitos y criterios de solvencia.
- Artículo 93. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
- Artículo 94. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
- Artículo 95. Documentación e información complementaria.
- Artículo 96. Certificaciones de Registros de Licitadores.
- Artículo 97. Certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar.
- Artículo 98. Supuestos de sucesión del contratista.
- Artículo 99. Objeto del contrato.
- Artículo 100. Presupuesto base de licitación.
- Artículo 101. Valor estimado.
- Artículo 102. Precio.
- Artículo 103. Procedencia y límites.
- Artículo 104. Revisión en casos de demora en la ejecución.
- Artículo 105. Pago del importe de la revisión.
- Artículo 106. Exigencia y régimen de la garantía provisional.
- Artículo 107. Exigencia de la garantía definitiva.
- Artículo 108. Garantías definitivas admisibles.
- Artículo 109. Constitución, reposición y reajuste de garantías.
- Artículo 110. Responsabilidades a que están afectas las garantías.
- Artículo 111. Devolución y cancelación de las garantías definitivas.
- Artículo 112. Régimen de las garantías prestadas por terceros.
- Artículo 113. Preferencia en la ejecución de garantías.
- Artículo 114. Supuestos y régimen.
- Artículo 115. Consultas preliminares del mercado.
- Artículo 116. Expediente de contratación: iniciación y contenido.
- Artículo 117. Aprobación del expediente.
- Artículo 118. Expediente de contratación en contratos menores.
- Artículo 119. Tramitación urgente del expediente.
- Artículo 120. Tramitación de emergencia.
Normas que la modifican o afectan (42)
Normas a las que afecta (10)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2017?
- Ley 9/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2017?
- El BOE registra 42 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.