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Real Decreto 877/2011, de 24 de junio, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima.

BOE-A-2011-10972 · Boletín Oficial del Estado, 2011-06-25 · Ministerio de Fomento

Real Decreto 877/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Este Real Decreto regula las normas y estándares que deben seguir las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques, así como las actividades de la Administración marítima en España. Aplica a todas las organizaciones que deseen ser autorizadas para realizar funciones de inspección, reconocimiento y certificación de buques desde su entrada en vigor el 25 de junio de 2011.

Entre los puntos clave, establece que las organizaciones deben cumplir ciertos requisitos para ser reconocidas y autorizadas, incluyendo la obligación de realizar inspecciones de acuerdo con las directrices de la Administración marítima. Además, se requiere que estas organizaciones se sometan a supervisiones periódicas y auditar sus funciones al menos cada dos años. También se especifica que la Administración marítima puede revocar la autorización si se determina que una organización no cumple con sus obligaciones. Por último, se deroga el Real Decreto 90/2003, que regulaba previamente estas materias, lo que implica un cambio significativo en la normativa aplicable a la inspección y reconocimiento de buques en España.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 877/2011
Fecha de la disposición
2011-06-24
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 151, 2011-06-25
Entrada en vigor
2011-06-26
Departamento
Ministerio de Fomento
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
28
Identificador BOE
BOE-A-2011-10972
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La entrada en vigor de la Directiva 2009/15/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas, y del Reglamento (CE) n.º 391/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques, han producido cambios en la regulación de las organizaciones de inspección, lo que hace necesario la incorporación al derecho interno español de tales modificaciones.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (3)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 877/2011?
Real Decreto 877/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 877/2011?
El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 877/2011?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.