Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.
BOE-A-2008-1264 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-24 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 8/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-18.
Resumen
Esta norma regula la prestación por razón de necesidad para españoles residentes en el exterior y retornados, estableciendo un sistema de protección social para aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Aplica a ciudadanos españoles que hayan residido en el extranjero por motivos económicos o laborales y que cumplan ciertos requisitos, incluyendo tener 65 años o estar incapacitados para trabajar.
Los puntos clave incluyen: 1) La creación de una prestación económica por ancianidad e incapacidad, así como asistencia sanitaria, que se considera un derecho subjetivo y no solo una ayuda asistencial. 2) La ampliación de los beneficiarios, incluyendo cónyuges y parejas de hecho, garantizando igualdad en el acceso a estas prestaciones. 3) La obligación de los beneficiarios de informar sobre cambios en su situación personal y económica, y la presentación anual de una fe de vida y declaración de ingresos para conservar el derecho a la prestación. 4) La regulación de la cuantía de la prestación, que se ajusta a la realidad socioeconómica de cada país de residencia.
Este Real Decreto no está derogado y se encuentra vigente desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2008.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 8/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-01-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 21, 2008-01-24
- Entrada en vigor
- 2008-01-25
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-18
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-1264
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, se configura como el marco básico para establecer, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Constitución, una política integral de emigración y de retorno que salvaguarde los derechos económicos y sociales de los ciudadanos españoles que residen en el exterior y para facilitar la integración social y laboral de los retornados.
El capítulo II del Título I de la Ley recoge derechos sociales y prestaciones, entre los que además del derecho a la protección de la salud, se introduce la prestación por razón de necesidad como un nuevo concepto que engloba la prestación económica por ancianidad, la prestación económica por incapacidad y la asistencia sanitaria.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Beneficiarios de la prestación por razón de necesidad.
- Artículo 3. Requisitos de la prestación por razón de necesidad.
- Artículo 4. Naturaleza de la prestación económica.
- Artículo 5. Carencia de rentas o ingresos.
- Artículo 6. Rentas o ingresos computables.
- Artículo 7. Base de cálculo y cuantía de la prestación económica.
- Artículo 8. Procedimiento.
- Artículo 9. Efectos de la falta de resolución expresa.
- Artículo 10. Efectos económicos.
- Artículo 11. Abono de mensualidades devengadas y no percibidas.
- Artículo 12. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 13. Revisión del derecho a la prestación y reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.
- Artículo 14. Extinción del derecho.
- Artículo 15. Competencia.
- Artículo 16. Recursos.
- Artículo 17. Financiación y pago.
- Articulo 18. Fiscalización previa de la nómina de pago de la prestación por razón de necesidad.
- Artículo 19. Determinación de la situación de incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo.
- Artículo 20. Cambio de la prestación por incapacidad.
- Artículo 21. Prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 22. Garantía de la cobertura de la prestación de asistencia sanitaria.
- Artículo 23. Justificación de los pagos.
- Artículo 24. Evaluación de los servicios prestados.
- Artículo 25. Pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados.
- Artículo 26. Asistencia sanitaria para personas españolas de origen residentes en el exterior desplazados temporalmente al territorio nacional y para los familiares que los acom…
- Disposición adicional única. Informe anual de seguimiento.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre por el que dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de servicios m…
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 8/2008?
- Real Decreto 8/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 8/2008?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 8/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.