Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes.
BOE-A-2001-14555 · Boletín Oficial del Estado, 2001-07-26 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 783/2001 está derogada desde el 2022-12-22: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 783/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-07-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 178, 2001-07-26
- Entrada en vigor
- 2001-07-27
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2022-12-22
- Consolidado actualizado
- 2026-04-13
- Artículos
- 83
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-14555
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 2.b) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM) dispone que la Comunidad deberá establecer normas uniformes de protección sanitaria de los trabajadores y de la población contra los riesgos que resulten de las radiaciones ionizantes, dirigidas a señalar las dosis máximas admisibles que sean compatibles con una seguridad adecuada, los niveles de contaminación máximos admisibles y los principios fundamentales de la vigilancia sanitaria de los trabajadores.
Índice del articulado
- Artículo único. Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo de los preceptos.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Autoridades y organismos administrativos.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Prohibiciones y requisitos especiales.
- Artículo 6. Restricciones de dosis.
- Artículo 7. Responsabilidad.
- Artículo 8. Aplicación.
- Artículo 9. Límites de dosis para los trabajadores expuestos.
- Artículo 10. Protección especial durante el embarazo y la lactancia.
- Artículo 11. Límite de dosis para personas en formación y estudiantes.
- Artículo 12. Exposición especialmente autorizada.
- Artículo 13. Límites de dosis para los miembros del público.
- Artículo 14. Criterios de estimación de dosis.
- Artículo 15. Principios de protección de los trabajadores.
- Artículo 16. Establecimiento de zonas.
- Artículo 17. Clasificación de zonas.
- Artículo 18. Requisitos de las zonas.
- Artículo 19. Límite de edad para trabajadores expuestos.
- Artículo 20. Clasificación de trabajadores expuestos.
- Artículo 21. Información y formación.
- Artículo 22. Aplicación de las medidas de protección radiológica de los trabajadores expuestos.
- Artículo 23. Servicios y Unidades Técnicas de Protección Radiológica.
- Artículo 24. Autorización y organización de los Servicios y Unidades Técnicas de Protección Radiológica.
- Artículo 25. Acreditación y obligaciones del Jefe de Servicio o Unidad Técnica de Protección Radiológica.
- Artículo 26. Vigilancia del ambiente de trabajo.
- Artículo 27. Vigilancia individual.
- Artículo 28. Estimación de las dosis de los trabajadores de categoría A.
- Artículo 29. Estimación de las dosis de los trabajadores de categoría B.
- Artículo 30. Estimaciones especiales de dosis.
- Artículo 31. Sistemática aplicable a la dosimetría de área.
- Artículo 32. Estimación de dosis en exposiciones accidentales y de emergencia.
- Artículo 33. Superación de los límites de dosis.
- Artículo 34. Historial dosimétrico y registros adicionales.
- Artículo 35. Contenido del historial dosimétrico.
- Artículo 36. Registro de las dosis por exposición especialmente autorizada, accidente o emergencia.
- Artículo 37. Comunicación de dosis.
- Artículo 38. Archivo de documentación.
- Artículo 39. Vigilancia sanitaria de los trabajadores expuestos.
- Artículo 40. Exámenes de salud.
- Artículo 41. Examen de salud previo.
- Artículo 42. Exámenes de salud periódicos.
- Artículo 43. Clasificación médica.
- Artículo 44. Historial médico.
- Artículo 45. Vigilancia sanitaria especial.
- Artículo 46. Medidas adicionales.
- Artículo 47. Recursos.
- Artículo 48. Normas de protección para personas en formación y estudiantes.
- Artículo 49. Principios básicos.
- Artículo 50. Principios generales.
- Artículo 51. Evacuación de efluentes y residuos sólidos.
- Artículo 52. Niveles de emisión de efluentes.
- Artículo 53. Estimación de las dosis recibidas por la población.
- Artículo 54. Archivo.
- Artículo 55. Equipamiento en relación con los efluentes y residuos sólidos.
- Artículo 56. Almacenamiento de residuos.
- Artículo 57. Responsabilidades.
- Artículo 58. Aplicación.
- Artículo 59. Aplicación de la intervención en caso de emergencia radiológica.
- Artículo 60. Exposición de emergencia.
- Artículo 61. Aplicación de la intervención en caso de exposición perdurable.
- Artículo 62. Aplicación.
- Artículo 63. Protección contra la exposición a las fuentes terrestres de radiación natural.
- Artículo 64. Tripulación de aviones.
- Artículo 65. Régimen de inspección.
- Artículo 66. Actuaciones inspectoras.
- Artículo 67. Obligaciones del titular.
- Artículo 68. Actuaciones en caso de riesgo.
- Artículo 69. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Prevención de riesgos laborales.
- Disposición adicional segunda. Protección operacional de trabajadores externos.
- Disposición adicional tercera. Normativa aplicable a las autorizaciones.
- Disposición adicional cuarta. Transporte de material radiactivo.
- Disposición adicional quinta. Tratamiento de datos de carácter personal.
- Disposición adicional sexta. Modificación del Real Decreto 1836/1999.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de autorización.
- Disposición transitoria segunda. Plazo de adaptación.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de las autorizaciones de los Servicios Médicos Especializados.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 783/2001?
- Real Decreto 783/2001 está derogada desde el 2022-12-22: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 783/2001?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 783/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.