Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
BOE-A-2013-7385 · Boletín Oficial del Estado, 2013-07-06 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Real Decreto 515/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 515/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-07-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 161, 2013-07-06
- Entrada en vigor
- 2013-07-07
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 31
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-7385
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La adhesión de España a las Comunidades Europeas en 1986 produjo un cambio fundamental en el ordenamiento jurídico español, toda vez que las normas del Derecho comunitario pasan a integrarse en nuestro sistema de fuentes del Derecho. Desde ese momento, España, como Estado miembro, queda obligada a aplicar el Derecho de la Unión Europea, de acuerdo con los principios de primacía y efecto directo del derecho europeo y el de colaboración leal, entre otros.
Como Estado territorialmente descentralizado, estos principios vinculan al conjunto de las Administraciones Públicas. No obstante, es el Reino de España, tal y como establecen los Tratados europeos, el responsable ante dichas instituciones por el incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
- Artículo 4. Determinación de la responsabilidad por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
- Artículo 5. Responsabilidad concurrente.
- Artículo 6. Reconocimiento de la responsabilidad antes del procedimiento y fraccionamiento del pago.
- Artículo 7. Órganos competentes.
- Artículo 8. Forma de iniciación.
- Artículo 9. Contenido del Acuerdo de iniciación.
- Artículo 10. Medidas provisionales.
- Artículo 11. Actuaciones y alegaciones.
- Artículo 12. Informes.
- Artículo 13. Audiencia y propuesta de resolución.
- Artículo 14. Terminación.
- Artículo 15. Reconocimiento de la responsabilidad.
- Artículo 16. Pago de la deuda.
- Artículo 17. Mecanismos de repercusión de las responsabilidades.
- Artículo 18. Plazo de prescripción.
- Disposición adicional primera. Normativa aplicable a los procedimientos de déficit excesivo.
- Disposición adicional segunda. Responsabilidad por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea atribuible a las entidades del sector público estatal.
- Disposición adicional tercera. Informe anual al Consejo de Ministros.
- Disposición adicional cuarta. Especialidades para la determinación de la responsabilidad por incumplimientos de obligaciones derivadas del derecho de la Unión Europea en el ámbi…
- Disposición adicional quinta. Especialidades para la determinación de la responsabilidad por incumplimiento del derecho de la Unión Europea en el ámbito de los fondos europeos a…
- Disposición adicional sexta. Procedimiento a seguir cuando la sentencia, acto o decisión europea ha devenido firme dando lugar a un cambio de criterio.
- Disposición adicional séptima. Cooperación interadministrativa.
- Disposición transitoria única. Responsabilidades derivadas de sentencias, actos o decisiones anteriores a este real decreto.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Aplicación supletoria de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo C…
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 515/2013?
- Real Decreto 515/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 515/2013?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 515/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.