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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Medidas provisionales.

Artículo 10 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea. · BOE-A-2013-7385

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-07.

Texto consolidado

El Consejo de Ministros podrá adoptar en cualquier momento, mediante acuerdo motivado, las medidas de carácter provisional que resulten necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer.

Estas medidas respetarán las competencias que tengan atribuidas los posibles sujetos responsables.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-07.

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