Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, relativo a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios de los productos de origen animal.
BOE-A-1993-5628 · Boletín Oficial del Estado, 1993-02-27 · Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Real Decreto 49/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
Esta norma regula los controles veterinarios aplicables a los productos de origen animal en los intercambios intracomunitarios, con el objetivo de garantizar la salud pública y animal. Se aplica a todos los operadores económicos y establecimientos que gestionen estos productos desde su entrada en vigor el 16 de enero de 1993.
Entre los puntos clave, establece que los controles no se realizarán en las fronteras, sino en el lugar de origen y durante el transporte, promoviendo la confianza mutua entre los Estados miembros. Los productos destinados a intercambios deben cumplir con requisitos específicos de control, marcado y etiquetado, y estar acompañados de la documentación adecuada, como certificados de inspección veterinaria. Además, las autoridades competentes deben asegurar que los operadores económicos mantengan condiciones sanitarias adecuadas en todas las fases de producción y transporte. En caso de incumplimientos, se pueden imponer sanciones y se prevén medidas de destrucción de productos que no cumplan con las normativas.
Esta norma no está derogada y sigue vigente en su totalidad.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 49/1993
- Fecha de la disposición
- 1993-01-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 50, 1993-02-27
- Entrada en vigor
- 1993-02-28
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-1993-5628
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La supresión de controles en frontera entre los países de la Comunidad Europea requiere la adopción de una serie de medidas necesarias para el mejor y más armonioso funcionamiento del mercado interior.
Una de estas medidas es la prevista en la Directiva 89/662/CEE, que establece los controles a que se someterán los productos incluidos en el ámbito veterinario, que hasta ahora se efectuaban en las fronteras, para garantizar la protección de la salud pública y animal.
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (22)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 49/1993?
- Real Decreto 49/1993 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 49/1993?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 49/1993?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.