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Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior.

BOE-A-1992-26538 · Boletín Oficial del Estado, 1992-12-01 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Real Decreto 1316/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.

Resumen

Esta norma regula los controles veterinarios y zootécnicos para el intercambio intracomunitario de ciertos animales vivos y productos, con el objetivo de proteger la salud pública y animal en el marco del mercado interior europeo. Se aplica a todos los operadores y entidades que participen en estos intercambios desde su entrada en vigor el 31 de octubre de 1992.

Entre los puntos clave, se establece que los animales y productos solo podrán ser intercambiados si cumplen con requisitos sanitarios específicos, están debidamente identificados y acompañados de certificados sanitarios. Además, las explotaciones y centros de origen deben estar sometidos a controles veterinarios regulares. La autoridad competente tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento de estas normas y puede sancionar infracciones. También se requiere que los operadores se inscriban en un registro oficial y mantengan un registro de sus transacciones durante al menos cinco años. Esta norma no está derogada y sigue vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1316/1992
Fecha de la disposición
1992-10-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 288, 1992-12-01
Entrada en vigor
1992-12-02
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-17
Artículos
16
Identificador BOE
BOE-A-1992-26538
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Dentro de la sistemática de armonización de nuestra legislación veterinaria a las normas comunitarias, como consecuencia de la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea, es oportuno hacerlo a lo dispuesto por la Directiva 90/425/CEE, de 26 de junio, relativa a controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior, cuya última modificación la constituye la Directiva 92/60/CEE, de 30 de junio de 1992.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (5)

Normas a las que afecta (5)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1316/1992?
Real Decreto 1316/1992 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1316/1992?
El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1316/1992?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.